En Bogotá el permiso de aglomeración se radica en SUGA, con días hábiles distintos

Un concierto no usa el mismo mínimo que una carrera. Movistar Arena y Royal Center tienen otra ventana. El correo de orientación no recibe el expediente.

El Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público es la ventanilla de Bogotá. La Secretaría Distrital de Gobierno apoya la guía en el Decreto Distrital 642 de 2025 y en la Resolución 218 de 2026.

La clasificación no sale solo del aforo. La guía lista también tipo de actividad, perfil del público, lugar, infraestructura, montaje, impacto, dinámica, frecuencia, horario y logística. Radicar en el mínimo no es la recomendación de la Secretaría: pide empezar con meses si hace falta.

¿Cómo funciona?

  1. 1

    Clasifica la actividad

    Artes escénicas, aglomeración especial o escenario ya autorizado.

  2. 2

    Cuenta días hábiles

    15, 19 o 7, y la autorización lista 5 días antes cuando aplica.

  3. 3

    Reúne PULEP y la póliza

    Productor, parafiscal, código del evento y 200 SMMLV.

  4. 4

    Radica en la ventanilla

    suga.sire.gov.co. El correo de orientación no recibe el expediente.

Qué incluye (y qué mirar)

Tres relojes, no uno

Las actividades especiales de aglomeración —carreras, ferias, desfiles, fútbol profesional, conferencias— se radican en suga.sire.gov.co como mínimo 19 días hábiles antes. La autorización tiene que estar aprobada al menos 5 días hábiles antes del evento.

Los espectáculos públicos de las artes escénicas —conciertos, teatro, stand up, danza— se presentan como mínimo 15 días hábiles antes. La autorización también tiene que estar lista al menos 5 días hábiles antes.

En el Movistar Arena y el Royal Center, un espectáculo de artes escénicas en un escenario ya autorizado no pide un permiso individual por función, pero sí la radicación de documentos como mínimo 7 días hábiles antes. Una actividad especial de aglomeración en esos mismos escenarios vuelve al procedimiento ordinario.

Lo que la Secretaría lista para artes escénicas

La guía remite a los artículos 6 a 11 y 17 a 20 de la Resolución 218 de 2026. Pide identificación del solicitante, autorización de derechos de autor y paz y salvo de derechos conexos, certificado de productor permanente u ocasional, certificado de contribución parafiscal y código PULEP del evento.

La contribución parafiscal que escribe es el pago del 10 % para boletería superior a 3 UVT, y la póliza o garantía cuando el productor es ocasional. La póliza de responsabilidad civil extracontractual tiene cobertura mínima de 200 SMMLV, con los amparos que la guía enumera: predios, labores y operaciones, contratistas, responsabilidad cruzada, patronal, vehículos propios y no propios, gastos médicos, productos y perjuicios extrapatrimoniales. No publica esa cobertura en pesos.

Además van la certificación de los artistas, la relación de boletería, la autorización de uso del lugar y el plan de emergencias y contingencias, con tránsito, salud, primeros auxilios e incendios, más lo que pidan las otras entidades de SUGA.

Dónde se radica y dónde no

La ventanilla es suga.sire.gov.co. El correo autorizaciones.suga@gobiernobogota.gov.co está publicado solo para dudas. La Secretaría dice que por ahí no se reciben solicitudes ni documentos.

La atención presencial que publica es el edificio Liévano, calle 11 n.º 8-17, de lunes a viernes de 7:00 a 16:30. Los teléfonos de la guía son (601) 382 06 60, (601) 338 70 00 y (601) 338 71 00. La línea gratuita es la 195.

Vender la boleta no radica el evento. El código PULEP y el certificado de productor son requisitos de la Ley 1493 que la Resolución 218 vuelve a pedir dentro de SUGA.

Sirve para distintos tipos de eventos

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Tickean vende la boleta. El registro en SUGA, el PULEP y la póliza los presenta quien organiza el evento en Bogotá.

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Preguntas frecuentes

¿Mando los PDF a autorizaciones.suga@gobiernobogota.gov.co?

No. La Secretaría dice que ese correo orienta y no recibe solicitudes ni documentos. La radicación es en suga.sire.gov.co.

¿La póliza de 200 SMMLV ya está expresada en pesos en la guía?

No. La guía dice 200 SMMLV. El peso del salario mínimo cambia y no está convertido en esa página.

¿Un lugar en la agenda reemplaza la autorización?

No. En artes escénicas y en aglomeraciones especiales la autorización tiene que estar aprobada al menos 5 días hábiles antes del evento.

Fuentes y referencias

  1. 8.17 Mundo SUGA — Secretaría Distrital de Gobierno (accessed 2026-10-24)
  2. Resolución 218 de 2026 — Secretaría Distrital de Gobierno (accessed 2026-10-24)

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Última actualización: 24 de octubre de 2026